lunes, 17 de abril de 2017
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Cámarade Diputados envía a estudio de comisiones proyecto de Miguel Espinal sobre Amnistías en el pago de Multas de Tránsito
Santo Domingo.- El Pleno de la Cámara de Diputados envió a estudio, a la Comisión de Obras Públicas, el proyecto de ley de Amnistía en el pago de las Multas, con motivo de la aplicación de la Ley No. 241, del 28 de diciembre de 1967, de Tránsito y Vehículos.
La Pieza legislativa, autoría del diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por Santo Domingo Oeste, Miguel Espinal, procura facilitar la aplicación de la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, No. 63-17, del 21 de febrero de 2017, promulgada por el Poder Ejecutivo.
Miguel Espinal dijo que esta nueva ley es pertinente, ya que existe un nuevo de sistema para los conductores de vehículo de motor y una nueva cultura para los usuarios de las vías públicas.
Espinal explicó que, actualmente, existen personas que adeudan multas por la aplicación de la Ley No. 241, del 28 de diciembre de 1967, de Tránsito y Vehículos, por lo que resulta oportuno establecer un mecanismo efectivo que permita su cobro y esto contribuya a la implementación de la Ley No. 63-17, del 21 de febrero de 2017.
Comentó que serán excluidos de la aplicación de la presente ley las multas que se indican a continuación: Las multas establecidas en decisiones judiciales que consignan el fallecimiento de personas; las multas establecidas en decisiones judiciales que consignan el consumo de alcohol o sustancias controladas; y las multas establecidas en decisiones judiciales que consignan el irrespeto a las autoridades. Hay un párrafo: Las multas establecidas con motivo de la aplicación de la No. 63-17, del 21 de febrero de 2017, serán excluidas del beneficio de la presente ley.
“Los deudores de las multas se beneficiarán de la amnistía establecida en la presente ley con el pago del treinta por ciento (30%) del monto total de las multas dictadas en su perjuicio. El pago será realizado como único y total, exento de interés, mora y recargo. Sin embargo, en ningún caso, el pago será superior a los cinco mil pesos dominicanos (RD$5,000.00)”, argumentó.
Añadió que la presente ley tendrá un plazo de vigencia de noventa (90) días únicamente, ya partir de su promulgación.
Elaborado por el Equipo de Comunicaciones de Miguel Espinal.
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