martes, 3 de enero de 2017


Decisión dejar en libertad joven vinculada a Pervical Matos,
jurídicamente es desastrosa

Lic. David R. Lorenzo
Periodista y abogado

La decisión de la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso,  de liberar y  no solicitar medidas de coerción, a la joven Ana Iris Linares Ramírez, quien anduvo con el ultimado John Emilio Percival Matos y Brayan Felix Perter Paulino, la considero desde el punto de vista jurídico, como incompresible, desacertada y desastrosa.
Linares Ramírez violó varias disposiciones del Código Penal Dominicano, principalmente los artículos 59, 60, 61 y 62, que se refieren a la complicidad, pero extrañamente, al parecer para la fiscal, la diva no cometió ningún delito, más bien, lo que estaba era paseándose con los prófugos de la justicia, o era simplemente una “dama de compañía”  o “una chica de diversión”.
La posición de la funcionaria podría evidenciar total desconocimiento del derecho, cosa que no creo, o tal vez  quiso ser indulgente y le cogió pena a la “señorita”, o tiene algún otro plan, que no ha explicado.
Quizás, si apresa a Perter Paulino, también lo libere y no le solicite medidas de coerción, porque tal vez, el malo, Percival Matos,  ya cayó en un enfrentamiento con la Policía, y éste sólo era un “amigo de travesuras”.
Su decisión también es un pésimo mensaje para quienes se asociación con desadaptados sociales y facilitan su conducta, porque podrían entender que eso no es un delito.
El artículo 59 del Códico Penal dice:  “ a los cómplices de un crimen o de un delito se les  impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponda a los autores de este crimen, salvo los casos en que la ley  otra cosa disponga”.
El  60 castiga al cómplice que faciliten la comisión de  una acción delictiva o criminal,  o la preparación  de la misma, aún en el caso de que no se  hubiese cometido, mientras que el 61 dice: “aquellos que, conociendo la conducta criminal  de los malhechores que se ejercitan en salteamientos o violencia contra la seguridad del Estado, la paz pública, las personas o las propiedad, les suministren alojamiento, escondite, o lugar de reunión, serán castigados como sus cómplices”.
En tanto,  el artículo 62  establece: “se considerarán como cómplices y castigados como tales, aquellos que a sabiendas  hubiesen ocultados  en su totalidad o en parte, cosas robadas, hurtadas, sustraídas  o adquiridas por medio de crimen o delito”.
De acuerdo a esos artículos, Linares Ramírez conocía la identidad de Percival Matos y Peter Paulino y no los denunció a la Policía;  compartió alojamiento con los perseguidos en un motel, y probablemente en otros lugares, y lo peor del caso, adquirió una yipeta, siendo una insolvente,  con dinero robado para facilitar la  huida de los perseguidos y comisión de nuevos crímenes.
Pero,  para la fiscal eso no un delito, sino una inocentada, que se suma al criterio de algunos funcionarios que afirman,  que en este país no hay delincuencia, sino que el problema  es de “percepción”. Con fiscales, funcionarios y jueces como los que tenemos, sólo debemos decir: “¿Quién podrá defendernos? y “Que Dios nos coja confesados”.

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