Decisión dejar en libertad joven vinculada a Pervical
Matos,
jurídicamente es
desastrosa
Lic. David R.
Lorenzo
Periodista y
abogado
La decisión de la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni
Berenice Reynoso, de liberar y no solicitar medidas de coerción, a la joven
Ana Iris Linares Ramírez, quien anduvo con el ultimado John Emilio Percival
Matos y Brayan Felix Perter Paulino, la considero desde el punto de vista
jurídico, como incompresible, desacertada y desastrosa.
Linares Ramírez violó varias disposiciones del Código
Penal Dominicano, principalmente los artículos 59, 60, 61 y 62, que se refieren
a la complicidad, pero extrañamente, al parecer para la fiscal, la diva no
cometió ningún delito, más bien, lo que estaba era paseándose con los prófugos
de la justicia, o era simplemente una “dama de compañía” o “una chica de diversión”.
La posición de la funcionaria podría evidenciar total
desconocimiento del derecho, cosa que no creo, o tal vez quiso ser indulgente y le cogió pena a la
“señorita”, o tiene algún otro plan, que no ha explicado.
Quizás, si apresa a Perter Paulino, también lo libere y
no le solicite medidas de coerción, porque tal vez, el malo, Percival
Matos, ya cayó en un enfrentamiento con
la Policía, y éste sólo era un “amigo de travesuras”.
Su decisión también es un pésimo mensaje para quienes se
asociación con desadaptados sociales y facilitan su conducta, porque podrían
entender que eso no es un delito.
El artículo 59 del Códico Penal dice: “ a los cómplices de un crimen o de un delito
se les impondrá la pena inmediatamente
inferior a la que corresponda a los autores de este crimen, salvo los casos en
que la ley otra cosa disponga”.
El 60 castiga al
cómplice que faciliten la comisión de
una acción delictiva o criminal,
o la preparación de la misma, aún
en el caso de que no se hubiese cometido,
mientras que el 61 dice: “aquellos que, conociendo la conducta criminal de los malhechores que se ejercitan en
salteamientos o violencia contra la seguridad del Estado, la paz pública, las
personas o las propiedad, les suministren alojamiento, escondite, o lugar de
reunión, serán castigados como sus cómplices”.
En tanto, el
artículo 62 establece: “se considerarán
como cómplices y castigados como tales, aquellos que a sabiendas hubiesen ocultados en su totalidad o en parte, cosas robadas,
hurtadas, sustraídas o adquiridas por
medio de crimen o delito”.
De acuerdo a esos artículos, Linares Ramírez conocía la
identidad de Percival Matos y Peter Paulino y no los denunció a la Policía; compartió alojamiento con los perseguidos en
un motel, y probablemente en otros lugares, y lo peor del caso, adquirió una
yipeta, siendo una insolvente, con
dinero robado para facilitar la huida de
los perseguidos y comisión de nuevos crímenes.
Pero, para la
fiscal eso no un delito, sino una inocentada, que se suma al criterio de
algunos funcionarios que afirman, que en
este país no hay delincuencia, sino que el problema es de “percepción”. Con fiscales,
funcionarios y jueces como los que tenemos, sólo debemos decir: “¿Quién podrá
defendernos? y “Que Dios nos coja confesados”.
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